Las funciones que regulan la actividad de la Real Federación Española de Piragüismo son las que se especifican en los artículos 3 y 4 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, de Federaciones Deportivas Españolas y Registro de Asociaciones Deportivas (ver RD aquí).

Las Federaciones Deportivas Españolas son entidades sin ánimo de lucro que desarrollan:

  • Actividades propias de su gobierno, administración, gestión, organización y reglamentación de las especialidades deportivas que corresponden a cada una de sus modalidades deportivas, y
  • bajo la coordinación y tutela del Consejo Superior de Deportes ejercen funciones públicas de carácter administrativo que se especifican en dichos artículos.